¿Si Fujimori está preso por salvar al Perú del terrorismo cómo es que a García el Perú le aguanta todas sus pendejadas CÓMO ES QUE ENTRÓ MISIO AL PODER Y AHORA ES MILLONARIO? EL MUNDO AL REVEZ EL PODER JUDICIAL TIENE DUEÑO y no es de los peruanos es de los CHORAPRISTAS
03 de Septiembre del 2014 a las 09:07:06
JUZGADO ANULA INFORMES DE MEGACOMISIÓN QUE INVOLUCRAN A EXPRESIDENTE ALAN GARCÍA
Pedido reiterado de exjefe de Estado es nuevamente acogido por juez Hugo Velásquez Zavaleta, quien no sólo invalida actos de la comisión, sino que deja sin efecto informes finales de casos Narcoindultos, Sedapal, Decretos de Urgencia, Colegios Emblemáticos y Agua para Todos.
Juez no habría acatado disposición de Sala Superior
Por Daniel Yovera
Nuevamente, el juez constitucional Hugo Velásquez Zavaleta, emitió un fallo favorable al expresidente Alan García Pérez, investigado por la Megacomisión por hechos suscitados durante su segundo gobierno.
El juez declaró “fundado” el pedido reiterado de García y sus abogados para anular la citación que le alcanzó la comisión presidida por Sergio Tejada el 4 de octubre de 2013, así como la sesión en la que compareció el exmandatario, y el acta respectiva, del 30 de octubre del mismo año.
Y en tercer término anuló los informes finales aprobados por la Megacomisión respecto de los casos Narcoindultos, Sedapal, Agua para Todos, Decretos de Urgencia y Colegios Emblemáticos. En todos ellos, la Megacomisión encontró presuntos ilícitos e irregularidades en García Pérez y varios de sus ministros y altos funcionarios.
Según puntualizó el juez, al no seguir en funciones la comisión investigadora, “ya no es posible continuar con la ejecución” de las acciones que pudieran haber corregido las observaciones planteadas. “Por lo que corresponde archivar el proceso”, agregó.
El magistrado intentó darle “solución” a este problema señalando que su fallo “de ningún modo debe interpretarse como una limitación para que otros órganos parlamentarios o entidades públicas (Poder Judicial y/o Ministerio Público) puedan investigar la conducta del actor durante su gobierno”.
¿Y LO APROBADO POR EL PLENO?
La pregunta ahora, es: ¿qué pasará con el informe sobre el caso Narcoindultos, que el 19 de junio pasado fue aprobado por el pleno del Congreso? ¿También queda sin efecto?
El juez Velásquez no llegó a ese extremo, pero en la práctica es lo que le está solicitando al Poder Legislativo.
Pese a que el magistrado constitucional señala en su resolución que no le compete “emitir pronunciamiento sobre la actuación del Pleno del Congreso”, sí le pide “adoptar acciones” para no seguir perjudicando a García Pérez.
“Corresponderá al Congreso de la República en ejercicio de sus competencias adoptar las acciones pertinentes y necesarias para que los extremos de los informes aprobados por la comisión emplazada que se refieren exclusivamente al demandante no sigan afectando los derechos del actor y así evitar que recurra nuevamente a sede constitucional”, indica.
¿Qué significa para este juez que el Congreso “adopte las acciones pertinentes” para no seguir vulnerando los derechos del expresidente?
¿Implica que el Congreso vuelva a votar el informe final sobre Narcoindultos, esta vez en contra? ¿Significa anular la votación?
Se asoma, ahora, un nuevo problema entre el Poder Legislativo y el Poder Judicial.
¿JUEZ LEYÓ CITACIÓN E INFORMES?
Pero hay más preguntas que asoman a partir del contenido de la reciente resolución del juez Zavaleta.
Este magistrado se propuso en su resolución “dilucidar si al momento de citarse (a Alan García) y no indicarle de forma precisa que se le citaba como investigado sino como vinculado, no se le ha permitido ejercer su derecho de defensa a plenitud”. Es decir, el problema con la citación.
Sin embargo, este punto ya había sido esclarecido por la Primera Sala Superior Civil de la Corte de Justicia de Lima, cuando el 24 de julio último le llamó la atención al juez Velásquez por no haber leído bien la citación al exmandatario.
“No se aprecia que el a-quo –es decir, el juez– haya examinado a profundidad la carta-citaciónantes citada ni que se haya auxiliado de otros elementos de juicio obrantes en el propio expediente. Ello, pues para la sala resultaba “evidente que el señor actor (García) se consideró un “investigado” y actuó como tal, de suyo que pudo ejercer su derecho a la defensa”.
Sobre los informes finales, el juez Zavaleta efectúa un breve análisis, informe por informe, y en cada uno menciona dos cosas que se reiteran: que la Megacomisión no señala de “manera puntual la conducta ilícita”, y que al expresidente no se le dice cuáles son los posibles delitos que lo vinculan al hecho indagado.
Cada caso es analizado por el juez Velásquez en tres páginas, aproximadamente. Por ello, cabe preguntarse lo que el 24 de julio se preguntó la Primera Sala Civil: ¿leyó el juez Velásquez Zavaleta todos los informes?
Porque, aquel día, en su extensa resolución, la citada sala dijo de Velásquez: “resulta obvio que no resulta razonable que el a-quo –es decir, el juez– declare la nulidad de un informe o documento que ni quiera ha visto ni le consta su contenido, atendiendo a la relevancia de esta decisión”.
Por eso, se reitera esta importante pregunta de si leyó esta vez, como se lo ordenó la sala, todos los informes.
“Si un juez anula todo lo que ha anulado, tiene que motivar por qué está anulando los informes, pero eso no lo hace el juez Velásquez y sigue incumpliendo lo que dice la Primera Sala Civil”, sostiene la abogada Lilia Ramírez, del IDL.
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