PROPUESTAS DE VENEZUELA AL PROYECTO
DE CARTA DEMOCRATICA INTERAMERICANA
El Gobierno de Venezuela, a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha creado una Mesa de Diálogo con el propósito de auscultar la opinión de los más diversos sectores de la Sociedad Venezolana sobre la Carta Democrática Interamericana. Este documento refleja por tanto la voluntad colectiva de un pueblo – el venezolano - que hoy es protagonista y testigo de un inédito proceso revolucionario de naturaleza pacífica, que se desarrolla en el ámbito democrático, e inspira en los principios más avanzados y progresistas del mundo, consagrados en su nueva Constitución.
Venezuela quiere dar sus aportes en los temas específicos que se mencionan a continuación:
- LA DEMOCRACIA EN EL HEMISFERIO
- DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS
- DEMOCRACIA Y PARTICIPACION
- DEMOCRACIA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
- DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS DE LA MUJER
- DEMOCRACIA Y LUCHA CONTRA LA POBREZA
- CLAUSULA DEMOCRATICA
- CARTA DEMOCRATICA: ¿RESOLUCION O PROTOCOLO MODIFICATORIO?
- OTRAS MODIFICACIONES O ADICIONES
I. LA DEMOCRACIA EN EL HEMISFERIO
La mejor definición sobre la democracia fue formulada por el grande hombre de América, El Libertador Simón Bolívar, en el Discurso de Angostura, 1819, cuando dijo: "El sistema de gobierno más perfecto , es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política".
La democracia, como afirmaba Winston Churchill, no es un sistema de gobierno perfecto, pero si es el que más se acerca a la perfección. La democracia – sin duda alguna - es un sistema que hace posible la búsqueda permanente de su perfeccionamiento dentro de la dinámica social, capaz de lograr respuestas y aplicar soluciones creativas a las necesidades fundamentales de los pueblos.
La democracia como valor compartido y como proyecto societario, se ha instalado con renovada fuerza en el hemisferio.
Durante la Guerra Fría, la vigencia o ausencia del régimen democrático, no pocas veces estuvo subordinada a los intereses de la política de seguridad de las grandes potencias.
Eran tiempos durante los cuales algunos gobernantes apelaban al expediente de la soberanía, cuando se les acusaba de no ser democráticos y de vulnerar los derechos humanos. En esa atmósfera de confrontación bipolar, no exenta de reduccionismos políticos, era difícil defender el ideario democrático, pues la forma de gobierno era considerada un asunto interno de cada país. Ahora, por el contrario, la defensa de la democracia y el combate contra sus adversarios, son objetivos del Sistema Interamericano.
Desde 1948 - año fundacional de la OEA- es largo el trazo de la historia donde la gobernabilidad ha sido puesta a prueba: autoritarismos indeseables y democracias redentoras; libertades amputadas y conquistas libertarias. Vivimos momentos para la reflexión, para examinar logros y carencias.
Durante la década de los 80, dictaduras militares y regímenes autoritarios fueron sustituidos en América Latina, uno tras otro, por combativos movimientos políticos y sociales, que lograron conquistar sistemas pluralistas que otorgan especial importancia al respeto de las libertades fundamentales y a los derechos humanos. La democracia se instaló, con fuerza esperanzadora, en casi todos los confines del hemisferio. La Democracia como proyecto político puede, sin embargo, colapsar.
En el actual período de la historia hemisférica, el triunfo de la democracia no está definitivamente asegurado. El fracaso de los modelos económicos, la corrupción, el partidismo exagerado, el descontento popular frente a las terribles desigualdades e injusticias, la exclusión social y la ausencia de participación política ciudadana, pueden perturbar la estabilidad de nuestros gobiernos. Interesantes experimentos políticos democráticos que han surgido del voto pueden perder su legitimidad, a causa del fracaso económico-político y la degradación ética.
Las elecciones otorgaban a ciertos gobiernos fachadas democráticas, pero no pocas veces, su principal propósito consistía en legitimar los intereses de elite políticas y económicas. Elecciones sí. Alternabilidad sí. Pluralismo sí. Pero ello no es suficiente. La democracia debe ir más allá del acto comicial y crear mecanismos para que la participación de todos los actores sociales y políticos –sin exclusión alguna- sea una realidad cotidiana. Igualmente, la democracia debe tener un profundo contenido social.
El avance de la democracia en las Américas ha sido indetenible y creciente en las últimas dos décadas.
Oprobiosas dictaduras militares y odiosos autoritarismos han sido sustituidos por gobiernos elegidos por el pueblo en el Continente.
Tiempo estelar el que vivimos. Un florecimiento democrático observamos en un mundo que, con el fin de la Guerra Fría, ha abierto espléndidas posibilidades para avanzar en la conquista de nuevos y más amplios espacios para la libertad y la dignidad humana. Pero, también, tiempos dramáticos cuando observamos el advenimiento de nuevos conflictos de índole política, étnica, territorial, cultural, religiosa, que socavan las bases de la paz y la convivencia internacional. También tiempos calamitosos ya que la pobreza es un flagelo que afecta a millones de seres humanos.
La democracia, como ideario, ha fraguado los mejores destinos e inspirado las luchas de pueblos que buscan la paz, la igualdad y la libertad. La democracia como utopía ha iluminado esperanzas redentoras. La lucha por defenderla y perfeccionarla; la voluntad por ejercerla plenamente, es un fascinante reto para quienes se proponen convertirla en realidad.
Venezuela disfruta hoy un sistema democrático, no sólo porque así lo pauta el texto constitucional que rige, sino, sobre todo, porque quienes ejercen el poder hacen del ideario democrático una práctica, una manera de entender y cultivar la convivencia humana.
Encarar la deuda social, combatir la pobreza, conservar el patrimonio natural y cultural, constituyen desafíos irrenunciables para los gobiernos democráticos en el hemisferio. Este es el compromiso del gobierno de Venezuela. El Presidente Hugo Chávez, lidera un esperanzador proceso revolucionario, que es democrático por su naturaleza libertaria; pacífico por los medios que utiliza y popular por el aliento justiciero que lo inspira.
La democracia que impera en Venezuela, ha costado muchos sufrimientos y sacrificios. La Constitución Bolivariana, fruto de un debate amplio y participativo, aprobada en Referéndum, consagra los principios más avanzados y humanistas que reconoce la legislación contemporánea.
En Venezuela se vive hoy un verdadero proceso democrático. Proceso que es, en esencia, antiautoritario. Un buen paradigma de antiautoritarismo es el propio Presidente Hugo Chávez. No ha habido en la historia reciente del país -desde el período gubernamental de Isaías Medina Angarita (1941-1945)- un gobierno más democrático como el que hoy existe en la Nación venezolana.
Según el Proyecto de Carta Democrática en su Artículo 3°, que se discute actualmente en la OEA, son elementos esenciales de la democracia:
- La celebración de elecciones libres y justas
- El acceso al poder por medios constitucionales
- El régimen plural de partidos y organizaciones políticas
- El respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales
Estos elementos están plenamente vigentes en Venezuela. Se respeta en forma absoluta, y como nunca, las libertades fundamentales. La oposición política tiene la posibilidad de expresarse -sin limitación alguna- por todos los medios de comunicación social.
El gobierno permite que el sentir popular se exprese libremente. No son pocas las frustraciones que ha padecido el pueblo venezolano en las últimas décadas. Se procede frente a la protesta de manera dialogante y -debe subrayarse- en forma antiautoritaria. El gobierno tiene como norma permanente, solucionar los conflictos sociales por métodos pacíficos.
Han pasado dos años de gobierno y no hay presos políticos. Ningún periódico ha sido clausurado. Los opositores políticos ejercen la crítica sin limitaciones. El Presidente Hugo Chávez y el Gobierno mantienen, como es absoluta y transparentemente visible, el mayor respeto a la libertad de expresión, a la crítica, a los derechos de los opositores políticos.
- DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS.
Los principios y valores fundamentales de la democracia, deben ser examinados a la luz de las nuevas realidades de nuestro tiempo: la guerra fría ha desaparecido; anacrónicos totalitarismos están en el basurero de la historia; oprobiosas dictaduras en plan de retirada. Vivimos - por fortuna- un renacimiento y expansión de las libertades democráticas. El respeto a los derechos humanos, ha sido consagrado en la legislación hemisférica. El Sistema Interamericano que se ocupa de la materia, es aceptado como necesario por todos los gobiernos que lo conforman. Estos son los rasgos de la nueva era.
Aunque los avances democráticos son incontestables, no son pocas las agresiones que aún se cometen en la realidad contra los sectores populares y grupos más vulnerables de la sociedad, lo cual demuestra que los derechos humanos pueden ser conculcados, aún cuando los gobernantes hayan sido electos mediante el sufragio.
Democracia y Derechos Humanos son dos componentes que se refuerzan y condicionan mutuamente. La plena observancia de estos derechos constituye el mayor desafío que encara un gobierno democrático.
Las libertades fundamentales, como la libertad de expresión y su ejercicio, son una categoría de esos derechos. Otra, es la protección que merece el ciudadano contra cualquier tipo de atropellos: no se puede arrestar a persona alguna de forma arbitraria, o someterla a torturas y maltratos que socaven su dignidad. Un tercer tipo de derechos –los más importantes en la región y no pocas veces conculcados- se refiere a la satisfacción de las necesidades vitales que garantizan a todos los grupos sociales un nivel de vida justo y digno.
La garantía universal e indivisible de los derechos humanos, entre los que sobresalen, el derecho a la vida y a la justicia social, son propósitos irrenunciables y componentes intrínsecos de un estado de derecho consustanciado con las aspiraciones de los pueblos del Continente.
Venezuela, aspira masificar la aplicación de los derechos humanos, para que todos los ciudadanos, sin distingo de posición social, étnica, nacionalidad o credo, puedan sentirse protegidos y seguros de que su dignidad será respetada. Por eso su gobierno tiene la inquebrantable determinación de garantizar que cualquier violación de esos derechos será investigada, sus autores sancionados, y sus víctimas tendrán una reparación justa y necesaria.
La Constitución Bolivariana ha incorporado los nuevos conceptos que han surgido en los últimos años en el derecho internacional, para ponerse a tono con las necesidades de justicia social y exigencias de los Tratados y Convenciones internacionales, ratificados por Venezuela. Estos han sido consagrados en la Carta Magna con jerarquía constitucional. Son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del poder público.
Aunque el tema Derechos Humanos es el más importante de los que hoy se discuten en el ámbito hemisférico, aún no se ha logrado sensibilizar a todos los actuales gobernantes.
Los derechos humanos y su práctica constituyen la base de todo sistema político que promueve la concordia, el pluralismo, la justicia y la tolerancia. Son el bálsamo regenerador del tejido de los Estados, de las sociedades y de sus respectivos órdenes jurídicos y políticos.
No son pocos los obstáculos que acechan la consolidación de una cultura de la paz y, por lo tanto, de una cultura de los derechos humanos, que no es otra sino la cultura democrática en cuyo marco se validan y florecen estos derechos. Paralelamente al fortalecimiento de las experiencias democráticas, a la búsqueda afanosa de libertad y al renacimiento de una conciencia moral y global sobre la dignidad de la persona humana, la organización pública de este tiempo -interna e internacional- todavía arrastra severas falencias que inciden de manera negativa en las seguridades que se demandan para el ejercicio efectivo de tales derechos.
Sin derechos humanos no se puede hablar de libertad. Sin derechos humanos no se puede hablar de democracia. Sin derechos humanos la democracia pierde sentido como forma de vida y como expresión más acabada de la ética social. Sin derechos humanos se incrementan los espacios para el disentimiento destructivo, para el desasosiego de las conciencias. Afirma el Papa Juan Pablo II: "Todo lo que protege los derechos humanos, todo lo que fomente la dignidad a través del desarrollo integral, conviene a la paz".
El acervo que nos legó la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, su reafirmación prescriptiva con los Pactos Internacionales de 1966; la ratificación en Viena del carácter universal e interdependiente de todos los derechos reconocidos; la Carta de la OEA; y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), en 1969, nos dan la medida exacta del orden humano, perfectible y adecuado a las exigencias del porvenir. Pero si se aspira a que los derechos humanos sean algo más que un conjunto de nobles prerrogativas, muchas veces sin sustento en la realidad, ellos no pueden divorciarse de la práctica democrática. Y eso obliga, sin atenuantes, a todos los integrantes de la sociedad interamericana.
Por eso la Carta Democrática debe constituirse en un documento fundamental, que sirva de pivote para vigorizar los derechos humanos y relanzar la democracia en el hemisferio.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, aprobada por la Conferencia Interamericana sobre Derechos Humanos, reunida en San José de Costa Rica en el año 1969, contempla el deber para los Estados Partes de adoptar las normativas constitucionales y legislativas para hacer efectivos tales derechos.
La anterior Constitución venezolana del año 1961 consagraba las garantías fundamentales de la persona, pero éstas se presentaban como una enumeración programática y no se fijaba de manera precisa y tajante la responsabilidad de quienes en ejercicio de funciones públicas las violentaran, irrespetaran o inobservaran. La responsabilidad del Estado, no se contemplaba en ese texto.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por el contrario, aprobada por el pueblo mediante referendum constituyente el 15 de diciembre de 1999 y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente el 20 del mismo mes y año, establece en su Artículo 2° la preeminencia de los derechos humanos. Sobre esa preeminencia construye toda la normativa constitucional. En seguida, el Artículo 3° que dice textualmente:
"El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines."
El artículo 6° del texto constitucional, declara que el gobierno será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables, incluido el del propio Presidente de la República.
La Constitución vigente en Venezuela, consagra las máximas garantías a la persona sin discriminación alguna. Establece de manera precisa que toda persona tiene derecho, en los términos establecidos por los Tratados, Pactos y Convenciones sobre derechos humanos ratificados por la República, a dirigir peticiones o quejas ante los órganos internacionales creados para tales fines, con el objeto de solicitar el amparo a sus derechos humanos. Le da rango constitucional a esos instrumentos jurídicos que prevalecen en el derecho interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio pleno más favorables a las establecidas en la Constitución y leyes de la República. También son de obligatoria aplicación inmediata por los tribunales y demás órganos del poder público.
El texto constitucional establece la responsabilidad del Estado, por violaciones de los derechos humanos, la obligación de sancionar los delitos contra esos derechos cometidos por funcionarios públicos, sin que sirvan de excusa órdenes superiores. También consagra la imprescriptibilidad de los delitos contra esos derechos. Establece el principio de la plenitud hermética de los derechos humanos y sus garantías. La enunciación de éstos, contenidos en la Constitución y los Acuerdos Internacionales, no debe entenderse como la negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos.
Venezuela, asume la democracia como su sistema político, y los derechos humanos constituyen de una manera amplia, clara y terminante, la esencia de su sistema democrático.
La propuesta de un párrafo preambular y de artículos más desarrollados en la Carta Democrática sobre los Derechos Humanos que formula Venezuela se fundamenta en que, la promoción y defensa de estos derechos constituyen objetivos políticos supremos a los cuales debe dársele la más alta prioridad.
En ese sentido, se propone agregar a la Carta Democrática en la parte Preambular un párrafo que diría así:
"Reafirmando que la promoción y protección de los derechos humanos es condición fundamental para la existencia de una sociedad democrática".
Y en el Capítulo "Democracia y Derechos Humanos" se propone:
Artículo 7 (nueva redacción)
La democracia como sistema político representativo y participativo es condición insustituible para el goce pleno y efectivo, por parte de las personas y las sociedades, de los derechos humanos, la justicia social y las libertades esenciales para el desarrollo de la personalidad y el progreso de los pueblos.
Artículo 8 (adiciones)
El ejercicio de la democracia debe asegurar plenamente a todas las personas, el disfrute y ejercicio de sus libertades fundamentales y derechos humanos, consagrados en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el Protocolo de San Salvador sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los demás documentos interamericanos en materia de Derechos Humanos.
Artículo 9 (nueva redacción)
Todo hombre o mujer tiene derecho a dirigir peticiones o quejas e interponer denuncias ante el Sistema Interamericano de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, conforme a los procedimientos establecidos en el mismo, con el objeto de obtener amparo a sus derechos fundamentales universalmente aceptados y calificados como derechos humanos.
III. DEMOCRACIA Y PARTICIPACION
Dos importantes instituciones realizaron estudios, en el mes de mayo de 2000, sobre la democracia y la política en América Latina.
El Instituto Internacional de Estudios Estratégicos de Londres, en su informe señala: "Con notables excepciones, la democracia en la mayor parte de los países de América Latina no ha respondido. Por el contrario, se ha visto asociada con la corrupción, la delincuencia y la violencia".
El Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a su vez, en su Informe de Progreso Económico y Social analiza la apatía de los ciudadanos con respecto a la política. Ciertos expertos como O’Donnel expresan que América Latina se encamina hacia una suerte de democracia delegativa, en la cual los ciudadanos eligen a los dirigentes pero renuncian a controlarlos políticamente. Ellos no se sienten expresados ni representados – de verdad- por sus líderes.
El mismo informe señala, que en América Latina hay un apoyo general al concepto de democracia, pero que un respaldo marcadamente menor se da a la democracia en la forma como ella se practica en la realidad.
Uno de los problemas más importantes que destaca el informe del BID, es el reducido nivel de incorporación política de los ciudadanos en muchos países del continente. Por eso considera imperativo que las reformas en la Región deben concentrar su atención en la participación política.
La democracia encara serias amenazas que, como lo afirma la declaración de Québec, aprobada por los Jefes de Estado del hemisferio, asumen variadas formas.
Para que sea cierta, la democracia tiene que basarse en la representación, la participación y el protagonismo de todos los sectores, y no sólo en reducidas elites que concentran -no pocas veces en forma tan grosera como perversa- el poder político y económico.
La Carta Magna de Venezuela consolida y fortalece la vigencia de los partidos, pero da también mucha importancia a los mecanismos de participación de los ciudadanos, cuya fuente de legitimidad es la soberanía popular. Se consolidan las estructuras de intermediación pero sin confiscar la titularidad de la soberanía.
La Democracia Participativa – como ha explicado el gobierno de Venezuela – no es un concepto opuesto al de Democracia Representativa, ni una alternativa a la misma. Es importante tener esto presente a la luz del enfrentamiento durante la Guerra Fría –ya superada- entre los conceptos de democracia representativa y democracia popular. Por el contrario, la democracia participativa presupone y coexiste con la democracia representativa, ya que democracia representativa no es otra cosa que el ejercicio del poder por el pueblo a través de representantes libremente elegidos. La democrática escogencia de esos representantes es una forma esencial de participación.
Los procesos de participación también fortalecen la protección de los derechos humanos, ya que ellos constituyen la mejor garantía para que los intereses y aspiraciones genuinas del pueblo puedan expresarse plenamente.
La participación refuerza, por tanto, la lucha por los derechos humanos y su vigencia, dando a la democracia su verdadero sentido.
No basta que la democracia sea representativa; que en ella se consagre la libre escogencia de sus representantes por parte del electorado. La democracia tiene necesariamente que ser participativa, en el sentido de que los ciudadanos deben, en la práctica, tener injerencia en las decisiones a través de organizaciones civiles conectadas con el Municipio, hasta votar en referenda, y otras formas de consulta que pauten las constituciones de los Estados. También deben disfrutar beneficios sociales como servicios públicos, oportunidades de trabajo, régimen de seguridad social, acceso a los bienes primarios y a todos los niveles de la educación y capacitación, mediante la participación distributiva.
El carácter participativo da contenidos de igualdad y justicia social a la democracia. Así se justifica – de verdad, verdad - que sea el sistema escogido por la OEA; ya que es compatible con la dignidad y respeto hacia y por la persona tanto en su individualidad como en su ser colectivo.
Representatividad y Participatividad son inherentes a la democracia, y los Derechos Humanos constituyen su propia esencia.
Para que exista democracia no basta que quienes ejercen el poder sean elegidos libremente. Un sistema de gobierno donde los gobernantes no respondan ante sus electores, no puede denominarse democrático.
La necesidad de incluir el concepto de Democracia Participativa en la Carta Democrática, que actualmente se considera en el marco de la OEA, debería estar fuera de discusión. Está implícito en un mandato ineludible de la Asamblea General de esta organización, contenido en la Resolución AG/RES. 1684 (1999), adoptada en el XXIX Periodo de Sesiones, celebrado en Guatemala.
El concepto de Democracia Participativa ha quedado ya consagrado en resoluciones y acuerdos fundamentales adoptados por muchos países del hemisferio. En la X Reunión Ministerial del Grupo de Rio-Unión Europea, celebrada en Santiago de Chile, en marzo de 2001, los 17 países que integran ese foro reafirmaron "el compromiso de sus gobiernos con la democracia representativa y participativa, el pluralismo político y la plena participación de la sociedad civil".
En el mismo sentido se había pronunciado la VI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, celebrada los días 10 y 11 de noviembre de 1996, en las ciudades de Santiago y Viña del Mar, Chile, cuando aludió a la "Gobernabilidad para una Democracia Eficiente y Participativa".
En las "Jornadas de Análisis y Reflexión sobre la Democracia Participativa", organizadas por la OEA, a proposición de Venezuela, el actual Secretario General de la Organización, Doctor César Gaviria, pronunció, el 10 de abril de 2000, un estupendo discurso en el acto inaugural. Allí dijo:
"La clave de la legitimidad es la participación. Por eso es necesario velar porque se abran siempre nuevos espacios a la participación ciudadana para que las decisiones sean percibidas como fuentes de un compromiso justo en el cual todos tengan igual oportunidad de intervenir y de ser considerados. Ya no se habla de la democracia a secas, sino de la democracia participativa o de una democracia de participación popular. No es éste un problema semántico, ni una redundancia, ni unas palabras de moda. Estamos frente a una nueva concepción de la democracia. Así como Montesquieu fue revolucionario para su época, los inspiradores de la democracia participativa han desafiado las instituciones tradicionales, no para destruirlas, sino para tomarlas como pilares de un nuevo orden político, más legítimo, más respetuoso de la autonomía, de los derechos y de la libertad de cada persona, menos desigual y más justo, abierto a la convivencia pacífica de todos los grupos que conforman una comunidad".
Con base en lo expuesto se colige fácilmente que la Democracia Participativa no es un concepto defendido y promovido exclusivamente por Venezuela. O por Colombia. O por Guyana, cuyo Representante Permanente, Embajador Odeen Ishmael, pronunció en la OEA, el pasado 19 de junio de 2001, un doctrinario discurso en el cual expresó: "Si bien la democracia representativa por medio de elecciones libres e imparciales es loable, dicha democracia no debe permanecer estática. Recuerden, este es un concepto que ya existía cuando se adoptó la Carta de la OEA. Es fundamental que avance para que sea más completa, no sólo representativa sino también consultiva y participativa. Con la democracia participativa, desarrollamos el potencial de la gente a nivel de las bases. Esto es una democracia que garantiza, además de derechos civiles y políticos, derechos sociales y culturales".
Abraham Lincoln, ese gran Presidente de los Estados Unidos, con profundo sentido filosófico sentenciaba, que la democracia "es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo".
En honor a la verdad puede afirmarse que la Democracia Participativa constituye un patrimonio común, una nueva y renovadora visión sobre la democracia que posee carta de ciudadanía en la comunidad hemisférica.
A la luz del análisis precedente Venezuela propone un nuevo artículo sobre "DEMOCRACIA REPRESENTATIVA Y PARTICIPATIVA", que rezaría:
"La Democracia Representativa se refuerza y profundiza cuando la participación de los ciudadanos se expresa de manera permanente y cotidiana. La Democracia Participativa, por tanto, constituye un componente indisoluble de la vida democrática y contribuye al enriquecimiento de la Democracia Representativa".
- DEMOCRACIA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Los Estados del hemisferio tienen la responsabilidad de proteger y preservar los espacios ecológicos donde cohabitan sus ciudadanos. La toma de conciencia plena de la relación armónica que debe existir entre seres humanos y naturaleza, genera una concepción democrática basada en principios éticos trascendentales. La democracia se vigoriza como sistema, cuando instituye estructuras institucionales que aseguran la defensa de los derechos ambientales de los pueblos. Velar por la protección del medio ambiente y de los recursos básicos: aire, agua y tierra, es obligación ineludible del Estado Democrático. A través de él, son más factibles, la solidaridad y la cooperación para enfrentar los desafíos adversos de la naturaleza.
Los cambios climáticos causados por la intervención irracional del hombre en la naturaleza, han producido irreparables tragedias humanas, terribles desastres naturales, así como devastadores efectos sobre el ecosistema. Los gobiernos democráticos están en la obligación de atender en forma solidaria los problemas causados por las contingencias naturales.
Con base en estas ideas se sugiere insertar en la Carta Democrática Interamericana, lo que sigue:
PARTE PREAMBULAR ( nuevo)
Reconociendo que no bastan los esfuerzos para promover la democracia y la estabilidad política del hemisferio, si no se cuenta con un entorno ecológico sano que permita el desarrollo integral del ser humano.
ARTICULO NUEVO ( Se sugiere ubicarlo antes del Art. 7, Cap. II)
El ejercicio de la democracia se logra en la medida en que exista una coherente articulación entre derechos ambientales, paz y desarrollo. Los países del hemisferio, por lo tanto, están obligados a adoptar e impulsar políticas y estrategias que conlleven a un desarrollo sustentable que salvaguarden el medio ambiente.
V. DEMOCRACIA Y LOS DERECHOS DE LA MUJER
La democracia requiere el reconocimiento de la unidad en la diversidad. La diversidad de sujetos sociales que forman parte del pueblo: hombres y mujeres; niños, niñas y adolescentes - adultos y adultas mayores; hombres y mujeres en condiciones de discapacidad- afrodescendientes; etnias indígenas. La Constitución venezolana reconoce esta diversidad cultural, étnica, religiosa y lingüística desde su Preámbulo y desarrolla todo un articulado al respecto.
En Venezuela se ha comenzado por democratizar el lenguaje, en lo que se refiere a la visión de género. La Constitución Bolivariana se ha elaborado utilizando un lenguaje igualitario en el que se equipare el valor de la mujer al del hombre. Se le concede al género femenino iguales atributos a los que se le venían dando al masculino. La Constitución garantiza la igualdad de derechos y deberes en el seno de la familia, valorizando la maternidad y paternidad responsables.
Uno de los elementos que hacen de la democracia un sistema político, económico y social viable, es la creación de mecanismos conducentes a la igualdad de oportunidades. Ello pasa por desarrollar políticas para la democratización del capital y, por ende, para lograr una distribución del ingreso cada vez más equitativa.
En virtud de lo expuesto, Venezuela propone la inclusión del siguiente artículo:
ARTICULO NUEVO
"La Democracia interamericana estará sustentada en el derecho humano a la igualdad, por ello deberá garantizar el acceso a condiciones de equidad entre hombres y mujeres, generando en cada país las condiciones materiales y simbólicas para una auténtica ciudadanía de todas y todos.
Se garantizará un ejercicio equitativo del poder que promueva la creación de un nuevo orden en el cual mujeres y hombres disfruten de iguales derechos y oportunidades".
VI. DEMOCRACIA Y LUCHA CONTRA LA POBREZA
La democracia tiene necesariamente que cumplir una función social basada en la justicia distributiva.
Si los derechos humanos son la esencia misma de la democracia, flagelos como el hambre, la indigencia, la marginalidad, el desempleo, entre otros, son la negación del sistema democrático. La suma de tales calamidades sociales dan como resultado la pobreza, que en el mundo actual llega a niveles extremos al punto de que hoy se distingue la simple pobreza de la pobreza extrema. Es alarmante la estadística de seres humanos que mueren de hambre, sin contar a los que padecen de desnutrición.
El derecho elemental de la Mujer y del Hombre es el derecho a comer, y más que comer, a alimentarse. Allí está la base del derecho a la vida. La democracia tiene la obligación moral e impostergable de lograr que ninguna persona muera de hambre. Debe hacer posible que todo individuo tenga una ocupación remunerada, que le permita cubrir sus necesidades primarias de alimentación y vivienda para sí y su familia.
La pobreza no es casual. Así se denominó una Encíclica Papal de hace ya unos cuantos años. Y no es casual, porque es producto de las desigualdades e injusticias sociales, no solamente a niveles nacionales sino internacionales. La verdad es que se ha acentuado la brecha diferencial entre países pobres y ricos con el pesado fardo de la deuda externa: nuevo nombre de la injusticia. Una de las formas más perversas de negar los derechos humanos. Una manera de ejercer dominio sobre las naciones que por cumplir con el pago de esa deuda - sin duda un castigo- no pueden aplicar soluciones contra la pobreza. A eso se llama eufemísticamente el costo social de la deuda externa.
No existe una situación que conspire más contra la democracia que las grandes diferencias sociales. La pobreza, la exclusión, el racismo, las injusticias sociales y económicas, son verdaderos enemigos de la democracia. Para contar con una democracia estable es necesario alcanzar un desarrollo económico y social equitativo, elevar, incluso como desafío ético, el nivel de vida de las grandes mayorías y reducir las injusticias. El hambre, la imposibilidad de acceder a la educación, a la salud, a un techo propio, el desempleo, la marginación de las mayorías del proceso de toma de decisiones son, entre otras, lacerantes situaciones que niegan en la realidad la democracia.
Se puede afirmar categóricamente que democracia sin justicia social no es democracia.
La pobreza constituye una amenaza real que pone en peligro el sistema democrático interamericano. Las marcadas desigualdades sociales vulneran los derechos fundamentales de amplios grupos humanos que la padecen; estimulan la violencia y desestabilizan el orden público. La pobreza impide que muchos niños vayan a la escuela; es la responsable de que muchos jóvenes deserten de los institutos de enseñanza media y de que muchos grupos humanos se vean empujados hacia el mundo tenebroso de la delincuencia. El desempleo y el hambre son fuente de vicios, de dramáticos desajustes sociales. En ese ámbito, la persona se envilece, pierde autoestima, desprecia los valores éticos por considerarlos inservibles para solucionar sus necesidades; cultiva en definitiva un resentimiento social, que socava las bases del sistema democrático , ya que éste no le aporta soluciones a sus necesidades.
La corporación privada Latinobarómetro, que desde 1995 efectúa sondeos de opinión en 17 países de la Región, realizó recientemente una investigación cuyos resultados son preocupantes*:
"El apoyo a la democracia en América Latina registra una caída sin precedentes, asociada en gran parte al impacto de la crisis económica internacional.
El sondeo revela que al apoyo de los latinoamericanos a la democracia cayó doce puntos, de 60% en 2000 a 48% en 2001, mientras que su satisfacción bajó de 37% a 25%".
Marta Lagos, directora de Latinobarómetro, explica que la gente juzga a la democracia de acuerdo con el desempeño económico de los países y que mientras la crisis internacional desestabilice las economías locales, el sistema democrático va a "seguir siendo inestable".
Ante la pobreza: ¿dónde quedan los derechos humanos?; ¿cómo queda el sistema democrático?
Cuando observamos los elevados niveles de pobreza que exhiben muchos países, no puede sino reconocerse en forma sincera, que la democracia tiene -en muchos casos- muy poco contenido de justicia, lo cual la relativiza y en muchos sentidos la anula.
Democracia y justicia social deben ir paralelas.
Si los hermosos principios que sustentan la democracia se hacen inaplicables, la democracia – sin duda alguna - podría sucumbir. De allí el deber insoslayable y la necesidad urgente de combatir con efectividad la pobreza, que tienen los gobiernos y los organismos internacionales del continente.
Los países desarrollados están éticamente más obligados a cultivar la solidaridad universal condonando, al menos, buena parte de la deuda externa y contribuyendo a la reconstrucción de la economía mundial sobre bases de justicia social internacional.
Pobreza y democracia son antípodas.
Con relación al tema de la pobreza Venezuela propone:
ARTICULO NUEVO
"La pobreza continúa siendo el más grande desafío que enfrentan las Naciones de las Américas, ya que afecta la estabilidad democrática, retrasa el progreso social y económico y erosiona la esperanza en el porvenir, especialmente entre la gente joven.
Los gobiernos democráticos y los organismos del Sistema Interamericano están política y éticamente comprometidos a dar contribuciones decisivas para combatirla. En ese sentido, deben fomentar urgentes, audaces y prioritarias políticas sociales, so riesgo de que el propio sistema democrático colapse en algunos países".
- CLAUSULA DEMOCRATICA
La Carta Democrática Interamericana será el documento más importante aprobado por los países del hemisferio, desde el momento en que entró en vigencia la Carta de la Organización de los Estados Americanos (OEA), que data de 1948. Será un documento-doctrina sobre la democracia, que contribuirá a su defensa y fortalecimiento. Con su puesta en vigencia, se marcará un hito fundamental en el largo y contradictorio proceso, que ha hecho posible que la democracia sea hoy, el sistema de gobierno que asumen los 34 países agrupados en la OEA.
Venezuela, considera que la Carta Democrática Interamericana es una perentoria necesidad en las actuales circunstancias históricas. Se demuestra día tras día fehacientemente, que la democracia es la forma de gobierno más ajustado a las tradiciones libertarias y justicieras. Pero la posibilidad de que surjan nuevas dictaduras o regímenes autoritarios – hoy en retirada- no debería ser, en modo alguno, desestimada.
La experiencia histórica del continente demuestra que, aún cuando algunos países tenían democracias de larga data, y eran considerados como paradigmas de gobiernos democráticos, en su suelo se aposentaron criminales dictaduras y autoritarismos que azotaron el paisaje democrático, instaurando formas de gobierno incompatibles con la libertad y la dignidad humana.
Aunque existe un amplio consenso hemisférico con respecto a las bondades de la democracia, no se descarta que en la Región surjan nuevamente regímenes que anulen, en la práctica, los nobles principios en los cuales se fundamenta. Y que, incluso, -como ha ocurrido- gobiernos de origen democrático, surgidos del voto, desanden el sendero democrático y se coloquen al margen de éste.
Por eso los Representantes Permanentes ante la OEA discuten en estos momentos una cláusula democrática, que el gobierno de Venezuela respalda, que está orientada a reforzar y fortalecer las instituciones democráticas, la cultura democrática y, sobre todo, a lograr que la democracia sea una realidad y no un mero enunciado de principios –muy encomiables ciertamente - pero abstractos para la mayoría de los ciudadanos.
Las experiencias autoritarias y dictatoriales han sido objeto de un amplio cuestionamiento continental y la sola posibilidad de que éstas se posesionen nuevamente en espacios políticos del hemisférico, concita justificadas aprehensiones. La cultura democrática – es duro reconocerlo- no se ha instalado en forma plena y definitiva en nuestras sociedades, razón por la cual hay que activar todos los mecanismos que sean necesarios para defenderla y promoverla. Reminiscencias del autoritarismo – de raíz colonial – están aún presentes en la sociología de algunos pueblos. De allí que el mandato de Québec, aprobado por los Jefes de Estado de las Américas, en el sentido de contar con una Carta Democrática, debe ser aplaudido.
El gobierno de Venezuela fomenta la cultura democrática de manera amplia y diversa. En Venezuela se vive hoy un verdadero proceso democrático. Proceso que es, en esencia, antiautoritario. Que otorga al pueblo, en todos sus componentes, el protagonismo que había estado reservado para los reducidos grupos políticos y económicos, que han dilapidado, con voracidad, el patrimonio de todos los venezolanos. El gobierno da un énfasis especial a las políticas sociales destinadas a superar la pobreza que afecta a la mayoría de la población.
Venezuela considera que la Carta Democrática Interamericana debe entrar en vigencia lo más pronto posible. Considera, así mismo, que el instrumento en referencia debe ser compatible con la Carta de la OEA, desarrollando y perfeccionando, a la luz de las nuevas realidades del continente, la Resolución 1080 y el Protocolo de Washington. Se trata, ciertamente, de considerar situaciones en las cuales se pueden producir alteraciones y rupturas sustantivas del sistema democrático, que no son necesariamente los clásicos Golpes de Estado.
La experiencia reciente demuestra que cuando la comunidad hemisférica actúa con determinación, la democracia puede ser protegida cuando está en peligro, o restaurada cuando se ha producido su quebrantamiento.
Venezuela ha suscrito y respalda las cláusulas democráticas que ya existen en la comunidad de Las Américas: en la Comunidad Andina de Naciones, en el Grupo de Río, en el MERCOSUR, donde busca su membresía. Venezuela quiere contribuir, por lo tanto, a que la Cláusula Democrática que se incluirá en la Carta Democrática, sea lo suficientemente clara y categórica, para que sirva de mecanismo disuasivo frente a quienes abrigan tentaciones autoritarias, así como para activar mecanismos de exclusión contra quienes desconozcan, vulneren o quebranten la democracia en alguno de los países que integran las naciones del hemisferio.
Si la Cláusula Democrática es clara y transparente contará con el respaldo unánime de todos los países. Venezuela se suma al consenso. Lo que si debe evitarse es que las ambigüedades terminológicas, sirvan de caldo de cultivo para que germinen, en el futuro, interpretaciones caprichosas de los artículos que puedan ser aprobados.
Con el objeto de contribuir a que la Cláusula Democrática contemple las nuevas situaciones antidemocráticas ocurridas y otras que puedan presentarse en el futuro, Venezuela hace la siguiente proposición:
Artículo 12 (nuevo)
"Un miembro de la Organización cuyo gobierno democráticamente constituido sea derrocado por la fuerza podrá ser suspendido del ejercicio del derecho de participación en la Asamblea General, de la Reunión de Consulta, de los Consejos de la Organización, de las Conferencias especializadas, así como de las comisiones, grupos de trabajo, y demás cuerpos que se hayan creado.
Se entenderá que se ha producido una situación equivalente al derrocamiento por la fuerza de un gobierno democráticamente constituido, cuando ocurra una alteración o ruptura constitucional que elimine, disuelva, modifique o sustituya, cualquiera de los Poderes debidamente constituidos del Estado, a través de procedimientos de hecho contrarios a la Constitución Nacional del Estado Miembro".
- CARTA DEMOCRATICA: ¿RESOLUCION O PROTOCOLO MODIFICATORIO?.
El gobierno de Venezuela quiere dejar sentada su posición con respecto a la naturaleza jurídica de la Carta Democrática Interamericana. ¿Será una Resolución o Protocolo Modificatorio a la Carta de la OEA?. El nuevo artículo 12, propuesto por Venezuela, por su precisión y rigor, podría contribuir al consenso.
Este artículo podría constituir una interpretación consensual del artículo 9 de la Carta de la OEA. En ese sentido, no sería necesario recurrir a un Protocolo Modificatorio de este instrumento, ahorrando los largos períodos de tiempo que se requerirían para modificar un Tratado, como es el caso de la Carta de la OEA.
Si lo que se quiere es un instrumento que tenga efecto vinculante e inmediato - como aspiran todos los gobiernos de las Américas - la vía expedita para hacerlo es mediante una interpretación extensiva del artículo 9 y otros relacionados con la Carta de la OEA, plasmada en una Resolución de la Asamblea General aprobada por consenso.
Una Resolución de la Asamblea General no puede modificar la Carta de la OEA y en caso de contradicción entre ambos instrumentos, se tendría que aplicar la Carta de la OEA.
La interpretación de la Carta de la OEA corresponde a los estados miembros. Una interpretación por consenso tiene carácter vinculante.
IX. OTRAS MODIFICACIONES O ADICIONES
En la parte preambular:
TENIENDO EN CUENTA que las cláusulas democráticas existentes en los mecanismos regionales y subregionales expresan los mismos objetivos de defensa y fortalecimiento de la democracia que la cláusula democrática adoptada por los Jefes de Estado y de Gobierno en Québec;
Párrafos Resolutivos
Artículo 1
Los pueblos de las Américas tienen derecho a la democracia y a su progresivo perfeccionamiento.
Artículo 2
La democracia representativa y participativa es el sistema político de los Estados de la Organización de los Estados Americanos, en el que se sustentan sus regímenes constitucionales y el estado de derecho.
Artículo 3
Son elementos esenciales de la democracia representativa la celebración de elecciones libres y justas como expresión de la soberanía popular, el acceso al poder por medios constitucionales, el régimen plural de partidos y organizaciones políticas y el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluida la libertad de prensa y otros medios de comunicación social.
Artículo 5
La solidaridad y el fortalecimiento de la cooperación interamericana para el desarrollo integral, y especialmente la lucha contra la pobreza, especialmente la pobreza crítica son partes fundamentales de la promoción y consolidación de la democracia representativa y constituyen una responsabilidad común y compartida de los Estados Americanos.
Artículo 11
Cuando en un Estado Miembro se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder, el Secretario General podrá, con el consentimiento previo del gobierno afectado, disponer visitas y otras gestiones con la finalidad de hacer un análisis de la situación. El Secretario General elevará un informe al Consejo Permanente, y este realizará una apreciación colectiva de la situación y, en caso necesario, podrá adoptar decisiones preventivas dirigidas a la preservación de la institucionalidad democrática y su fortalecimiento.
Artículo 13
En caso de que se produzcan hechos que ocasiones una interrupción abrupta o irregular del proceso político institucional democrático o del legítimo ejercicio del poder de un gobierno democráticamente electo en cualquiera de los Estados Miembros de la Organización, el Estado afectado, un Estado Miembro o el Secretario General solicitaran la convocatoria inmediata del Consejo Permanente para realizar una apreciación colectiva de la situación. El Consejo Permanente convocará, según la situación, una Reunión de Consulta Ministros de Relaciones Exteriores o un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General en un plazo de diez días, para adoptar las decisiones que estime apropiadas, conforme a la Carta de la Organización, al derecho internacional y las disposiciones de la presente Carta Democrática.
Artículo 14
Cuando la Reunión de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores o un período extraordinario de sesiones de la Asamblea General determine que se ha producido una ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado Miembro, conforme a la Carta de la OEA, lo harán por el voto afirmativo de las dos terceras partes de los Estados Miembros. Esta determinación conlleva la suspensión de dicho Estado en el ejercicio de su derecho de participación en la OEA. [Esta situación conlleva la suspensión de la participación del proceso del Cumbres de las Américas.] La suspensión entrará en vigor de inmediato. El Estado Miembro que hubiere sido objeto de suspensión deberá continuar observando el cumplimiento de sus obligaciones con la Organización, en particular sus obligaciones en materia de derechos humanos.
Artículo 16
Cualquier Estado Miembro o el Secretario General podrá proponer a la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores o a la Asamblea General el levantamiento de la suspensión. Esta decisión se adoptará por el voto de los dos tercios de los Estados Miembros de acuerdo con la Carta de la OEA.
Venezuela hará, en el curso del debate que se aproxima, nuevos aportes en la medida en que se considera la Carta Democrática Interamericana, artículo por artículo.
DECLARACIÓN DEL SEÑOR MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
LUIS ALFONSO DAVILA, ANTE LA XXXI ASAMBLEA GENERAL
DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANOS
SAN JOSE DE COSTA RICA, 3 AL 5 DE JUNIO DEL 2001
Señor Presidente
Señor Secretario General
Estimados Cancilleres
Puesto que guarda expresa relación con el contenido de la materia en consideración, permítaseme tomar unos minutos de su amable atención.
El Representante Permanente de Venezuela ante la OEA, Embajador Jorge Valero, quien además de diplomático es historiador, realizó una interesante pesquisa en las Actas donde se registran los momentos fundacionales de nuestra organización hemisférica. Allí encontró importantísimos datos sobre el origen de la definición "Democracia Representativa", que aparece en la carta de la OEA.
Eran tiempos de la Novena Conferencia Interamericana realizada en Bogotá, entre el 30 de marzo y el 02 de mayo de 1948.
La Guerra Fría determinaba, entonces, la confrontación política. Combatir el Comunismo era la preocupación principal que embargaba a los gobernantes del hemisferio, en los años subsiguientes a la Segunda Guerra Mundial. Contra el Comunismo se oponían ideologías nutridas de liberalismo político. Y contra las "democracias populares", que eran el modelo autoritario soviético, se enfrentaba el concepto "democracias representativas".
En los trascendentales debates que se realizaron, se pasó revista a los principios que debía contener la Carta de la OEA. Los diplomáticos de aquel momento, procedieron a definir los atributos y características que le darían perfil a la democracia continental. Es cuando el representante de Cuba, Ernesto Dihlgo, propone que a la palabra democracia se le adicione el calificativo de representativa. Propuesta que es acogida por los miembros de la Sub Comisión que estudiaba la materia.
Pero hay un asunto de la mayor importancia, que queda asentado en el Acta de la reunión:
"La Sub Comisión acordó que esta ultima palabra sería suprimida, si posteriormente las delegaciones se ponían de acuerdo sobre una definición adecuada de democracia"
Señor Presidente
En nombre de la democracia representativa se han cometido no pocos crímenes en el pasado. Tiempos aciagos cuando en la OEA se aposentaban sanguinarias dictaduras militares. Las circunstancias – gracias a Dios – han cambiado. Los gobiernos democráticos reinan en el hemisferio. La Guerra Fría ha desaparecido. Por eso la OEA vive hoy un nuevo tiempo histórico. La democracia representativa – como hemos reseñado – quedó consagrada en la Carta original de la OEA. Pese a las reformas que este instrumento ha sufrido, a lo largo de los años, esta definición se mantiene inalterable.
Señor Presidente
Desde 1948, hemos tenido en el hemisferio contrastantes formas de gobierno: democracias esperanzadoras y autoritarismos opresores; gobernantes sabios y tolerantes y dictadores corruptos y criminales.
La democracia representativa contiene hoy, en las definiciones que de ella se hacen, en nuestra doctrina hemisférica, irrenunciables principios y valores sin cuya observancia la democracia seria una ficción: voto popular, alternabilidad, autonomía de los poderes públicos, pluralismo político y cultural, respeto de los derechos humanos y libertades fundamentales.
A los venezolanos, nos ha costado mucho sufrimiento y sacrificio alcanzar la democracia. Por esa razón la democracia es la utopía posible que ilumina nuestras esperanzas de redención social.
La lucha por defenderla y perfeccionarla, por hacerla realidad, es un propósito irrenunciable del gobierno que preside Hugo Chávez Frías. De allí nuestra insistencia en que la democracia tenga un carácter participativo. Democracia sin participación es una quimera.
La democracia ideal es, según el académico Ronald Pennok, de la Universidad de Princenton:
"Gobierno por el pueblo, donde la libertad, igualdad y fraternidad se hayan aseguradas hasta su mas alto grado"
La búsqueda de esos objetivos inspiran nuestras luchas, alimenta nuestros sueños. Nuestra constitución reza en su Artículo 6:
"El Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables".
Consideramos a la democracia participativa como uno de los componentes esenciales de la doctrina democrática hemisférica.
Democracia sin participación del pueblo en todas sus expresiones no es democracia. La democracia, para que sea cierta, debe tener también un profundo contenido social. Democracia sin justicia es una mascarada. Fascinante el reto de impregnar con participación la democracia.
Señor Presidente
Queremos ser claros y categóricos para evitar confusiones: no contraponemos la democracia participativa a la democracia representativa. La primera no es una alternativa a la segunda. Este es un falso dilema ya que ambas se complementan. Representación y participación son componentes indisolubles de la democracia. La democracia representativa es el ejercicio del poder por parte del pueblo, a través de representantes libremente elegidos. La libre escogencia de éstos es una forma esencial de participación. Pero no es suficiente.
Venezuela se plantea hoy ampliar las libertades democráticas, ensanchar las fronteras de la libertad. Las transformaciones democráticas y pacificas que han tenido lugar en los últimos años en mi país, son un ejemplo real del ejercicio democrático. De participación popular. El Proceso Constituyente que hemos tenido en mi país, ha sido una expresión suprema de la democracia participativa.
Además, en 21 constituciones del hemisferio se consagra el principio de participación de los ciudadanos en forma expresa. La entrada estelar de la democracia participativa en el constitucionalismo hemisférico, se debe a la nueva Constitución de Colombia, antecedente en este tema de la Constitución Bolivariana de Venezuela.
Señor Presidente
La democracia es perfectible. Luchemos por su renovación. Con el fin de la Guerra Fría se ha oxigenado el ambiente democrático. La democracia puede ampliar sus posibilidades en forma inédita.
De allí que hemos planteado – con especial determinación – la necesidad de que se incluya la democracia participativa en la Carta Democrática Interamericana.
Para que exista democracia no basta con que los gobiernos hayan sido elegidos mediante comicios libres, ya que un gobierno donde los gobernantes no responden ante sus electores, no puede denominarse democrático. No han sido pocos los ejemplos de regímenes que, aun cuando han nacido de elecciones, sus gobernantes marginan y oprimen a su población, y los recursos del poder son monopolizados por unos pocos. Tampoco puede haber democracia sin respeto absoluto a los derechos humanos.
No puede considerarse una verdadera democracia representativa a un régimen que se limite únicamente a seguir el procedimiento de la votación, pero que en el ínterin de todo el período constitucional escamotée la participación de las comunidades en la gestión pública y desconozca los derechos sociales y de los sectores más necesitados.
La democracia que no cumpla con el principio de la participación y que no satisfaga las demandas sociales de la población esta condenada, tarde o temprano, a entrar en una crisis de legitimidad irresoluble, que podría retroceder el reloj de la historia hacia regímenes de facto o, lo que es igualmente lamentable, estaría condenada a desacreditar el propio concepto de democracia representativa.
Aunque en los últimos años se han logrado en las Américas avances indudables en el orden de lo político y social, el examen global que puede hacerse del curso de la historia reciente, demuestra, empero, que las democracias representativas han dejado en América Latina y el Caribe un saldo social muy calamitoso. Por eso, una inmensa mayoría de la población se interroga, con sobrada razón, en torno al verdadero sentido de la democracia.
No solo es necesario promover el crecimiento económico, sino, además, crear las condiciones para que los frutos de éste, pueden diseminarse entre toda la población, con apego a los principios de equidad y justicia social.
Señor Presidente,
Promover la democracia participativa es un imperativo de nuestro tiempo. La democracia participativa complementa, refuerza y amplia la democracia representativa, con base en el pluralismo político, el ejercicio de la soberanía ejercida por el pueblo, el carácter alternativo, el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales.
Señor Presidente,
Permítanos reiterar que en la X Reunión Ministerial del Grupo de Río – Unión Europea, realizada en Santiago de Chile, a propuesta de Venezuela, los 19 países que integran el referido grupo acordaron, a través de sus Ministros de Relaciones Exteriores, promover la democracia representativa y participativa, el pluralismo político y la plena participación de la sociedad civil.
En el marco de la XXXIX Asamblea General de la OEA, el 8 de junio de 1999, realizada en Guatemala, los cancilleres resolvieron, también a propuesta de Venezuela, fortalecer los mecanismos democráticos de la región, analizar y reflexionar en profundidad sobre la democracia participativa. Para ello tomaron en consideración el compromiso de Santiago y la declaración de Nassau, donde se establece que la extrema pobreza y las desigualdades económicas y sociales son enemigos de la consolidación de la democracia.
Esperamos que esta decisión de la OEA se cumpla totalmente. En ese sentido, será planteado por nuestro Representante Permanente en Washington.
Señor Presidente
Hemos llegado a un amplio consenso de preparar la Carta Democrática Interamericana. Un debate constructivo sobre el perfeccionamiento y protección de la democracia en el hemisferio está planteado. Nuestras observaciones críticas siempre han estado guiadas por un espíritu edificante, salvaguardando nuestro entrañable compromiso con la democracia. Al igual que otros países, consideramos que es necesaria una amplia consulta con la sociedad civil, con los expertos y sectores especializados. Nuestros sistemas constitucionales, la propia Carta Constitutiva de la OEA, los protocolos y otros instrumentos interamericanos, deben servir de marco para la aprobación de la Carta Democrática. Venezuela invita a todos los sectores, sin exclusión a dar su contribución para que se solidifique la voluntad unitaria del Continente. El acuerdo al que hemos llegado permitirá que se presenten y se estudien con toda la libertad observaciones y aportes, pues se trata de elaborar un documento de trascendental importancia.
Por tanto, señor Presidente y fundamentados en las razones y consideraciones expuestas, reitero la solicitud de mi Delegación para que sea incorporado el concepto de democracia participativa como parte integrante de la definición que conllevará la Carta Democrática Interamericana que, después de las consultas ya referidas, consideramos para su aprobación en la Asamblea Extraordinaria de la OEA. Ello, no obstante las propuestas y observaciones que haremos para buscar el perfeccionamiento de dicho instrumento, fundamental, para la defensa de la democracia hemisférica. Al formular este planteamiento de lademocracia participativa queremos ser cónsonos con los valores superiores contenidos en la Carta Constitutiva de la OEA.
Permítame, entonces, señor Presidente hacer una entrega de esta Declaración como constancia de la posición de mi país, agradeciendo que sea debidamente incorporada a las actas de esta magna asamblea.
Muchas Gracias.
INTERVENCIÓN DEL EMBAJADOR JORGE VALERO
REPRESENTANTE PERMANENTE DE VENEZUELA
ANTE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
Washington, 21 de Mayo de 2001
Señor Presidente,
Permítasenos proclamar la dignidad de este debate. Celebrar que hoy realizamos uno de los más relevantes que se hayan producido en la OEA, incluso, desde sus tiempos fundacionales. Demos gracias al Gobierno y a la Delegación del Perú, y de manera particular al Embajador Manuel Rodríguez Cuadros, por haber contribuido a promover esta demostración de madurez democrática. Reconozcamos también, el aporte que han brindado países como, Costa Rica – anfitrión de la próxima Asamblea General – Argentina, Estados Unidos y Canadá, al copatrocinar el proyecto de Carta que consideramos. Felicitemos, igualmente, al Gobierno de México y a su Representante, Embajador Miguel Ruíz-Cabañas, y al Canciller del Uruguay Didier Opertti Badan, por presentar textos alternos y/o reflexiones para el debate.
Señor Presidente,
A nuestro oídos suena agradable el nombre propuesto por el Representante de Panamá, Embajador Juan Manuel Castulovich, quien propone llamar al significativo instrumento que consideramos; "Carta Democrática de Las Américas", aunque no haríamos ningún reparo si el consenso condujera a denominarlo Carta Democrática Interamericana.
Sólo el título de este importante documento destaca la trascendental naturaleza de su contenido.
Nuestra Delegación. La que en este recinto representamos en nombre del pueblo y Gobierno de Venezuela, que preside Hugo Chávez Frías, se suma complacida al fascinante ejercicio de reflexión creadora que compromete, cuyas resonancias – estamos seguros- marcarán un hito en la historia de la Región.
Tiempo estelar el que vivimos. Un florecimiento democrático observamos en un mundo que, con el fin de la Guerra Fría, ha abiertos espléndidas posibilidades para avanzar en la conquistas de nuevos y más amplios espacios para la libertad y la dignidad humanas. Pero, también, tiempos dramáticos cuando observamos el advenimiento de nuevos conflictos de índole política, étnica, cultural y religiosa, que socavan las bases de la paz y la convivencia internacional. Tiempos desafortunados, donde la pobreza sigue siendo una lacerante circunstancia que afecta a millones de seres humanos.
El tema central de este debate es la palabra Democracia.
Nos estamos ocupando, precisamente, de evaluar cómo funciona en las Américas, poniendo en alto relieve sus incuestionables logros y, también, las inocultables falencias de la realidad donde ella discurre.
Por allí deberíamos empezar.
Busquemos todos, al unísono, formas innovadoras para que la realidad se aproxime al ideario democrático, cuyos principios fundamentales están contenidos en la Carta de la OEA: Desde la primera, aprobada en mayo de 1948, la Democracia ha tenido en el hemisferio un apellido: Representativa.
Cuando se revisan las Actas que reflejan el debate que realizaran aquellos diplomáticos precursores, se constata que entonces se produjo un consenso, que fue explícitamente definido como provisional, sobre el concepto Democracia Representativa.
La Novena Conferencia Internacional realizada en Bogotá, en cuyo marco se aprueba la Carta de la OEA, se celebra entre el 30 de marzo y el 2 de mayo de 1948. Más de un mes de fecundos debates precedieron la aprobación de ese instrumento-doctrina de las Américas.
Interesante resulta leer las Actas de esas reuniones, que precedieron la aprobación de la Carta de la OEA. Ellas retratan el ambiente político-ideológico predominante en los comienzos de la Guerra Fría.
Los diplomáticos de aquellos tiempos procedieron a definir los atributos y características de la democracia. Es cuando el representante de Cuba, Ernesto Dihigo, propone que a la palabra democracia se leadicione la palabra "representativa". Propuesta que es acogida por los miembros de la Subcomisión. Pero hay un asunto que no puede pasar desapercibido y así queda registrado en el Acta:
"La Subcomisión acordó que esta última palabra sería suprimida, sí posteriormente las delegaciones se ponían de acuerdo sobre una definición adecuada de la democracia".
Combatir el comunismo era la preocupación principal que embargaba a los gobernantes del hemisferio, en los años subsiguientes a la II Guerra Mundial. Las actas que analizamos muestran con inocultable claridad, el ambiente político-ideológico predominante. La Guerra Fría galbanizaba la confrontación política.
En la Comisión de Iniciativa de la Novena Conferencia Internacional, se declara que: "…el comunismo internacional… es un instrumento de agresión al servicio de propósitos imperialistas y constituye una amenaza para sus instituciones libres, democráticas y republicanas, para su propia independencia y soberanía".
Contra el comunismo los gobernantes del hemisferio oponen ideologías nutridas del liberalismo político. Contra las "democracias populares", que el leninismo llama dictaduras del proletariado, oponen la "democracia representativa".
De resultas, la democracia considerada como representativa quedó consagrada en la Carta original de la OEA, aprobada en mayo de 1948. El artículo 5, en su inciso D reza: "La solidaridad de los Estados Americanos y los altos fines que con ellos se persiguen, requieren la organización política de los mismos sobre la base del ejercicio efectivo de la democracia representativa".
En las diferentes reformas que ha sufrido la Carta, en el Protocolo de Buenos Aires, en 1967; en el Protocolo de Cartagena de Indias, de 1985; en el Protocolo de Washington, en 1992 y en el Protocolo de Managua, en 1993, la definición democracia representativa se mantiene inalterada.
Sus principios y valores fundamentales, que acogemos todos los gobiernos de los Estados representados en esta sala, deberían ser examinados a la luz de las nuevas realidades de nuestro tiempo: la guerra fría ha desaparecido; la democracia, como sistema de gobierno, se expande en todos los continentes; anacrónicos totalitarismos están en el basurero de la historia; oprobiosas dictaduras en plan de retirada; renacimiento y expansión de las libertades democráticas; vigencia de los derechos humanos. Estos son los signos de la nueva era.
Señor Presidente,
A los venezolanos nos ha costado muchos sufrimientos y sacrificios alcanzar la democracia. Nuestra Constitución, fruto de un debate democrático y participativo, aprobada en Referéndum, consagra todos los principios democráticos más avanzados y humanistas que conoce la civilización de nuestro tiempo.
La democracia, como ideario, ha fraguado los mejores destinos e inspirado las luchas de pueblos que buscan la paz, la justicia, la igualdad y la libertad e nuestro continente. La democracia como utopía ha iluminado esperanzas redentoras. La lucha por defenderla y perfeccionarla; la voluntad por ejercerla plenamente, es un fascinante reto para quienes nos proponemos convertirla en realidad. Gran desafío que convoca la imaginación creadora. Y es que, en palabras de Blake (Segundo Libro Profético): "La imaginación es la propia existencia humana".
Desde 1948, es largo el trazo de la historia donde la gobernabilidad ha sido puesta a prueba: autoritarismos indeseables y democracias esperanzadoras; libertades amputadas y conquistas libertarias. Vivimos momentos para la reflexión, para examinar logros y carencias.
La democracia en nuestro hemisferio encara serias amenazas que, como lo afirma la Declaración de Quebec, "asumen variadas formas". Para que sea cierta la democracia tiene que basarse en la representación, la participación y el protagonismo de todos los sectores, y no sólo de reducidas élites que concentran – no pocas veces en forma grosera y perversa – el poder político y económico.
Nuestra Constitución, la bolivariana, establece que con el fin supremo de refundar la República, Venezuela se propone "… establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley…".
La democracia directa está consagrada en el Artículo Quinto (5) de nuestra Constitución. Allí se expresa que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo quien la ejerce directamente en la forma prevista en el texto constitucional e indirectamente mediante el sufragio por los órganos que ejercen el Poder Público.
El Artículo Sesenta y Dos (62) garantiza la participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública, como medio necesario para lograr su protagonismo, tanto individual como colectivo.
El Constituyente quiso concretar la forma como el pueblo ejerce la soberanía, en lo político, para elegir los cargos públicos: el referéndo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas –constitucional y constituyente-, el cabildo abierto, la asamblea de ciudadanos. Y en lo social y económico se mencionan: las instancias de atención ciudadana,la autogestión, la cogestión, la empresa comunitaria y otras formas asociativas.
En lo que se refiere a la democracia local se destaca la participación de las comunidades, asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamenrtales, en la formulación de propuestas de inversión ante las autoridades estadales o municipales.
Otras formas de participación pautadas son la iniciativa ciudadana para la enmienda 341 Constitucional; la iniciativa ciudadana para la reforma constitucional 342 constitucional; y la iniciativa ciudadana para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente 348 constitucional.
Nuestra Carta Magna consolida y fortalece la vigencia de los partidos, pero da primacía a los mecanismos de participación de los ciudadanos cuya fuente de legitimidad es la soberanía popular. Se consolidan las estructuras de intermediación pero sin confiscar la titularidad de la soberanía.
Venezuela, por lo tanto, plantea la necesidad de incluir el concepto de Democracia Participativa en la Carta Democrática. Este es, además, un mandato ineludible de la Asamblea General de la OEA, contenido en la Resolución AG/RES. 1684 (1999), adoptada en el XXIX Período de Sesiones, celebrado en Guatemala.
Señor Presidente
En la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez, hizo observaciones muy puntuales al lenguaje utilizado en la parte relativa a la democracia, ya que no se incluyó en la Declaración de Quebec el concepto de democracia participativa. Conviene, ante todo, recordar, que este concepto fue formulado por Venezuela en la Asamblea General de la OEA realizada en Guatemala en 1999.
En primer lugar, no se trata de un concepto opuesto al de democracia representativa, ni una alternativa a la misma. Es importante tener esto presente a la luz del enfrentamiento durante la Guerra Fría –ya comentada- entre los conceptos de democracia representativa y "democracia popular". Por el contrario, la democracia participativa presupone y coexiste con la democracia representativa, ya que democracia representativa no es otra cosa que el ejercicio del poder por el pueblo a través de representantes libremente elegidos. La libre escogencia de esos representantes es una forma esencial de participación.
Para que exista democracia no basta que quienes ejercen el poder sean elegidos libremente. Un sistema de gobierno donde los gobernantes no respondan ante quienes los eligieron, no puede denominarse democracia.
No son pocos los ejemplos de regímenes que, aun cuando han nacido de elecciones, sus gobernantes marginan y oprimen a su población, y los recursos del poder son monopolizados por élites. No puede haber democracia sin respeto a los derechos humanos. El hecho de haber sido electas no confiere a las autoridades el derecho de ejercer el poder sin límites.
Señor Presidente.
Si queremos garantizar la efectividad de la Carta Democrática debemos asegurarnos que de ella, desde el punto de vista jurídico, esté en armonía con los Tratados vigentes y especialmente con la Carta de la OEA, ya que un Tratado no podría ser modificado por una Resolución o Declaración. Tal vez, a este fin, sea recomendable realizar un estudio por los órganos técnico-jurídicos de la Organización.
El Artículo Nueve (9) de la Carta de la OEA se refiere al derrocamiento por la fuerza de un gobierno democráticamente constituido. En el proyecto de Carta Democrática se incorporan aspectos de la Resolución 1080 y del Protocolo de Washington. Debe utilizarse en dicho proyecto, por lo tanto, una terminología similar a la Carta de la OEA, para no correr el riesgo de contravenir disposiciones contenidas en ella.
Debe quedar claro que la facultad de suspensión sólo podrá ser ejercida cuando hayan sido infructuosas las gestiones diplomáticas que emprenda la Organización.
También observamos que si bien se prevé la exclusión de un Estado que se haya apartado de la vida democrática, no se contempla, en cambio, su incorporación una vez que hayan cesado las causas que hubieren determinado la suspensión. Por eso es conveniente la disposición contenida en el proyecto de Carta Democrática, presentado por México, en el cual se establece que para levantar la suspensión se requeriría el voto afirmativo de la mayoría simple de los Estados Miembros.
Señor Presidente,
Queremos hacer notar que la frase "cualquiera alteración inconstitucional", que aparece consignada en la Declaración de Quebec, y que se repite en el proyecto de Carta Democrática, difiere de la terminología utilizada, tanto en el Protocolo de Washington, como en la Resolución 1080.
Debe evitarse el uso de conceptos ambiguos o vagos en la Carta Democrática, que den pie, en el futuro, a confusiones o discusiones innecesarias que puedan paralizar la acción de la OEA.
El Tribunal Supremo de Justicia en Venezuela, por ejemplo, consideró que el proceso constituyente originario es supraconstitucional y fundamentó la legitimidad democrática, precisamente partiendo de la soberanía popular. Por lo demás: ¿ podría la OEA convertirse en interprete o juez de las Constituciones de los países miembros ?.
Señor Presidente,
La Carta Democrática debe constituir un paso trascendental en el desarrollo de la OEA y bien merece que le asignemos la importancia que merece. Con fundada razón el Excelentísimo Canciller de Uruguay, doctor Opertti Badan en sus comentarios preliminares sobre el tema que discutimos expresa: "…cabría plantearse la pregunta de si no hay una cierta precipitación y si una elaboración de esta importancia no merecería un examen más detenido y la intervención de los cuerpos técnicos del sistema, vale decir, Comité Jurídico Interamericano y Sub secretaría de Asuntos Jurídicos de la Secretaría General de la OEA".
Por otra parte, el mandato de la Cumbre contenido en la Declaración de Quebec instruye a los Ministros de Relaciones Exteriores para que preparen la Carta Democrática Interamericana en el marco de la próxima Asamblea General. Preparar no significa necesariamente dar la aprobación final a ese instrumento en esa misma Asamblea. El mandato se debe cumplir, dando los pasos adecuados para que se garanticen los altos fines que se persiguen, realizando un profundo y amplio proceso de consultas a nivel hemisférico.
En ese orden de ideas nos permitimos proponer que la Asamblea General de San José convoque un Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General –ojalá pudiera celebrarse en el Perú, para reconocer la estupenda iniciativa del Gobierno de ese país hermano- con el único propósito de aprobar la Carta Democrática. Esa convocatoria debería hacerse en un breve plazo que, bajo ninguna circunstancia, excediese de seis (6) meses, ya que todos estamos conscientes de la necesidad de aprobarla.
Nuestra Delegación ha preparado un Proyecto de Resolución en ese sentido, pero antes de presentarlo quisiéramos tener la oportunidad de consultarlo con las demás Delegaciones.
Señor Presidente,
Cuando se discuta el proyecto de Carta Democrática, artículo por artículo, nuestra Delegación hará los aportes puntuales que considere necesario.INERVENCION DEL REPRESENTANTE PERMANENTE DE VENEZUELA ANTE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
EMBAJADOR JORGE VALERO
Washington, 29 de mayo de 2001.
En nuestra intervención del 25 de mayo de 2001 expresamos la duda de Venezuela sobre el concepto "cualquier alteración inconstitucional" que aparece en la Declaración de Quebec. Hemos señalado en varias oportunidades que la exclusión de un Estado miembro del Sistema Interamericano, sólo procede cuando se cumple lo pautado expresamente en al artículo 9 de la Carta de la OEA. Cualquier otro criterio para excluir un miembro iría más allá de la Carta y requeriría, por lo tanto, de su modificación. Y esta sólo sería posible siguiendo las pautas que la propia Carta establece para su enmienda.
Consideramos que el concepto "cualquier alteración inconstitucional" es ambigua y requiere de su esclarecimiento. ¿Qué se quiere decir con "cualquier alteración inconstitucional? La única interpretación posible que podría hacerse es que se trate de un golpe de Estado; del "derrocamiento por la fuerza" de un gobierno democráticamente constituido (artículo 9 Carta de la OEA). Y esto ocurre, ciertamente –como bien lo aclara la Resolución 1080- "cuando se produzcan hechos que ocasiones una interrupción abrupta o irregular del proceso político institucional democrático o el legítimo ejercicio del poder de un gobierno democráticamente electo". ¿Quién determina cuando se produce "cualquier alteración inconstitucional" en un país"?.
Todos los países miembros de la OEA tienen órganos jurídicos que se encargan de velar por la observancia de la Constitución. Sólo a ellos les corresponde determinar cuando se han producido actos o hechos que colidan con aquella. En un país se pueden producir "alteraciones inconstitucionales" sin que necesariamente se haya producido un golpe de Estado, o una "interrupción abrupta o irregular del proceso político institucional democrático" (Res. 1080). No es descartable, incluso, que el gobierno de un país; o que cualquiera de los órganos del poder público, dicten leyes o realicen actos que estén o puedan estar en contradicción con la Constitución respectiva. Esto es, que las propias autoridades abusando de su poder cometan o realicen "alteraciones inconstitucionales".
La historia política de nuestro hemisferio ha estado plagada de abusos de poder, de indeseables autoritarismos, de gobiernos que violan sus propias constituciones. No es el caso de Venezuela, donde existe un gobierno que actúa en apego estricto a las normas constitucionales vigentes, ceñido al imperio de la ley, y respeta la plena vigencia de los derechos humanos y libertades democráticas. Por eso la constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece controles al poder público. Da a los ciudadanos el derecho e, incluso, establece la obligación de recurrir a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, cuando se han producido "alteraciones inconstitucionales."
Señor Presidente:
La propuesta de Cláusula Democrática presentada por Ecuador y Costa Rica (aceptada por México) es una buena base para el consenso. Precisa que la exclusión de un gobierno de un Estado miembro del Sistema Interamericano, procede cuando se actúa de "acuerdo con la Carta de la Organización y el derecho internacional." La propuesta en referencia precisa los alcances y aclara lo que se quiere decir con el concepto "cualquier alteración inconstitucional". En ese sentido, la Delegación de Venezuela está dispuesta a sumarse al consenso.