Martín Belaunde se defiende desde Bolivia: “El tiempo me dará la razón”
Tras conocerse su paradero, el ex asesor de campaña de Ollanta Humala, Martín Belaunde Lossio ha comenzado a utilizar su cuenta en Twitter para defenderse de todo lo que se viene diciendo en torno a su caso.
En uno de sus más recientes “tuits”, Belaunde Lossio contó por qué eligió Bolivia para pedir refugio.
“El estado plurinacional de Bolivia es un Estado respetuoso de las normas internacionales. Ninguna otra razón”, escribió.
En otra publicación, el prófugo
empresario dijo “estar pagando el costo de luchar por su país” pero que
no se entregará fácilmente.
Sobre su relación con la pareja presidencial, Belaunde Lossio recordó que cuando se decía lo peor de Humala, él puso el pecho.
“En el 2005-2006 el grupo El
Comercio decía: Humala asesino! Belaunde Lossio puso el pecho sin
dudarlo. El tiempo me dio la razón. Todo era un montaje. (Ahora en el)
2014 el grupo EL Comercio dice: Belaunde Lossio corrupto, cabecilla,
chuponeador! Humala responde: a ese señor lo vamos a capturar y meterlo
preso”, escribió.
Luego añadió un “tuit” parafraseando a
la primera Dama Nadine Heredia: “¿Tan difícil es caminar con
consecuencia? El tiempo me dará la razón”.
Ley boliviana impide entrega de Martín Belaunde al Perú
Confirma analista internacional Miguel Rodríguez
Mackay. El país vecino tiene que tramitar pedido de refugio sin
considerar si ingresó a ese país de manera legal o ilegal, advierte.
—¿Cómo funciona el refugio político en Bolivia?
—El refugio en el Estado boliviano primero es una prerrogativa no oponible, es decir tienen que resolver el pedido del solicitante que por un temor manifiesto deja su país y cruza la frontera. Para ello no importa si dejó su país de manera legal o ilegal, porque su condición de desplazamiento es sobre el temor del valor de su vida o de persecución por su credo, raza, nacionalidad, pertenencia a un grupo social o su opinión política. Una vez que hace la petición para el otorgamiento de la calidad de refugiado, se tiene que resolver mediante una entrevista.
—¿Qué pasa si es aceptado como refugiado por el Estado boliviano?
—Si el Estado boliviano, a la luz de la entrevista de dos, tres horas o más, establece que existen categorías de persecución y desplazamiento como represalia por su opinión u otra causal y su vida está en grave situación, entonces le concede la calidad de refugiado y esa calidad de refugiado no es oponible, pues nada ni nadie y ningún país, ni siquiera el país que lo busca puede efectuar una denuncia internacional contra el Estado que le concede porque es una prerrogativa del país que lo refugia.
—¿Cuánto tiempo podría permanecer en Bolivia en calidad de refugiado?
—El tiempo de permanencia como calidad de refugiado es determinado por el propio Estado y normalmente es un plazo indefinido y el que recibe el beneficio de refugio goza de los mismos derechos de un extranjero en el Estado boliviano, como la adquisición de bienes y acceso a servicios, educación y habitación, etc.
—¿Si el Estado boliviano le deniega el refugio, cuáles serán las consecuencias?
—Si el refugio es denegado, el solicitante, al carecer de prohibición, se vuelve vulnerable y por lo tanto puede recurrir a un tercer Estado para solicitar esa calidad de refugio, porque en ningún caso la denegación de refugio supone la devolución al territorio del país que lo busca.
—¿Por qué Bolivia no puede devolver a Belaúnde Lossio al Perú si le niegan el refugio?
—Porque existe el principio (internacional) de no devolución, el cual garantiza que en ningún caso pueda ser devuelto al Estado peruano.
—¿En qué casos el refugio político podría ser denegado por Bolivia?
—En ningún caso el refugio procede cuando hay de por medio la imputación objetiva de delito que se le haya señalado al perseguido. Si el solicitante tiene denuncias penales no puede ser beneficiado con el refugio y eso ya lo aclaró el canciller boliviano Choquehuanca. Hay que evitar especulaciones y esperar que Bolivia revise el expediente.
—¿Mientras tanto cuál será el papel del Estado peruano frente a esta solicitud de refugio?
—El Estado peruano tiene que proporcionar toda la información de forma y de fondo para que Bolivia cuente con los elementos de juicio completos y sólidos para que pueda considerar o no el otorgamiento facultativo y prerrogativo de darle o no el refugio.
—¿El gobierno peruano debe probar el supuesto delito por lo cual es buscado por la justicia?
—Tiene que contar con todas las pruebas porque en el refugio todo lo que se superpone a la calidad del refugio es el sentido y la naturaleza humanitaria. Si se comprueba que existen evidencias de carácter político o de opinión política del solicitante, estamos frente a una causalidad justificada para darle refugio.
—¿Qué calidad jurídica tiene en Bolivia Martín Belaúnde Lossio?
—En estos momentos tiene una sola calidad jurídica, que es de extranjero solicitante de refugio y no tiene la calidad jurídica de prófugo ni calidad jurídica de delincuente en Bolivia.
—¿Ante el pedido de solicitud de refugio está protegido por el Estado boliviano?
—El Estado boliviano, según los acuerdos internacionales y la Convención sobre el Estatuto de Refugiados de 1951 el Protocolo de 1967 y la regla y práctica latinoamericana que es muy fuerte en el derecho internacional, está en la obligación de proteger la integridad del solicitante durante todo el tiempo que demande el estudio de la determinación final de la calidad de refugiado o no.
—¿Si es negado el refugio, el Perú podría solicitar la extradición?
—Si el refugio le es negado, el Estado peruano reactivaría el aviso internacional a la Interpol para la búsqueda y detención del perseguido.
Javier Solís
Alan: Gobierno ayudó a MBL en su fuga
El
exmandatario Alan García, a través de su cuenta de Twitter, manifestó
que el Gobierno, apuntando sus críticas hacia sus opositores, colaboró
en la fuga del prófugo MBL a Bolivia.
“Con
Locumba se facilitó el Karisma. Ahora, insultando a los opositores se
facilitó la fuga a Bolivia. Es el viejo libreto del SIN de los 90″,
escribió el expresidente, en alusión al levantamiento del entonces
comandante, Ollanta Humala, para que Vladimiro Montesinos,a bordo del
velero Karisma, se escape a Venezuela.
Por otro lado, el legislador Luis Galarreta (PPC), coincidió al afirmar “que es muy extraño que el gobierno de Bolivia, siendo amigo de Humala, no permita que se pueda traer a Belaunde Lossio”, y se le permitar andar libre cuando acá lo busca la justicia peruana.
En ese sentido, indicó que podría haber “complicidad de parte del gobierno” para dejarlo ir a un país donde ni la Interpol puede arrestarlo.
Megacomisión imputa responsabilidad penal a Alan García por favorecer a delincuentes
El
preinforme sobre los indultos y las conmutaciones de penas otorgadas
durante su gobierno a condenados por tráfico ilícito de drogas,
elaborado por la Megacomisión del Congreso que preside el congresista
Sergio Tejada ha encontrado responsabilidad penal en el expresidente
aprista Alan García.
Se
le acusa de haber perpetrado el delito de encubrimiento personal. El
documento dice que “existen indicios suficientes que justifican que al
expresidente de la República Alan García se le investigue por el delito
de encubrimiento personal” por la liberación de miles de condenados por
el delito de tráfico ilícito de drogas.
“La
acción de sustraer a un condenado por tráfico ilícito de drogas, de la
ejecución de la pena que le fue impuesta en juicio justo por los órganos
jurisdiccionales competentes, se encuentra previsto y penado en el
artículo 404.º del Código Penal. La pena privativa de libertad es no
menor de tres ni mayor de seis años”, indica el documento.
Para
la Megacomisión existe una exagerada cantidad de indultos y
conmutaciones de penas otorgadas por García, las cuales no correspondían
a un proyecto desarrollado por el Ministerio de Justicia, sino a una
política del mismo Ejecutivo.
Los
beneficiados fueron agentes del delito de tráfico ilícito de drogas y
de robo agravado y, aunque la Constitución faculta al jefe de Estado
conceder indultos y conmutar penas, esta se encuentra sujeta a “límites
materiales y formales” que la misma Constitución dispone.
Se
cita la lucha contra el narcotráfico, que es “un bien
constitucionalizado que se encuentra taxativamente señalado en el
artículo 8º de la Constitución. Este límite material no se consideró en
el indiscriminado otorgamiento de Gracias Presidenciales”. El artículo
8º. de la Constitución establece que “el Estado combate y sanciona el
tráfico ilícito de drogas. Asimismo, revela el uso de los tóxicos
sociales”.
García
transgredió lo dispuesto en los incisos 1.º y 9.º del artículo 118.º de
la Constitución, que indica que “el Presidente debe cumplir y hacer
cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales”.
El Presidente de la República debe hacer cumplir las sentencias dictadas
por el Poder Judicial.
“La
facultad presidencial de otorgar indultos y conmutaciones de pena es un
acto discrecional, excepcional y limitado. Sin embargo, se sustrajo del
cumplimiento de la condena impuesta por el Poder Judicial a un promedio
de tres condenados por el delito de narcotráfico y un condenado por
robo agravado cada día”, reza el preinforme.
En
las resoluciones supremas del gobierno aprista para conceder las miles
de conmutaciones de pena “no se aprecia el desarrollo de una motivación
explícita y suficiente que permita establecer las circunstancias por la
que el Estado, encarnado en el Presidente de la República, otorga la
gracia presidencial, circunstancia que convierte una facultad
discrecional y excepcional en un acto arbitrario”.
La
Megacomisión recomienda que se debe “mantener el carácter excepcional
del derecho de gracia presidencial ya que su uso indiscriminado envía un
mensaje negativo a laciudadanía. No se brindó un razonamiento
suficiente que permita concluir en el perdón de la pena”.
El
citado grupo de trabajo sindica al entonces presidente de la Comisión
de Gracias Presidenciales, el aprista Miguel Facundo Chinguel. Un
sentenciado por narcotráfico recluido en Piedras Gordas que fue
entrevistado por los congresistas aseguró que durante el gobierno
aprista se liberó a narcotraficantes que entregaban dinero a cambio.
“Diez mil dólares por año, y yo buscaba siquiera bajarme los quince años
o quedarme con los quince años, o sea me estaban hablando de ciento
cincuenta mil dólares para una conmutación, dijo.
Otros
narcotraficantes reincidentes, incluso colombianos y mexicanos, pagaron
el cupa y se fueron con conmutación”, denunció. Durante la gestión de
Facundo Chinguel también se incrementó a 50 personas el personal que
trabajaba en la Comisión de Gracias Presidenciales y se dispuso que su
personal asista a los penales para recoger las solicitudes de los
internos.
“En
el lapso de tiempo que Miguel Facundo Chinguel ejerce la Presidencia de
la Comisión de Gracias Presidenciales, el personal que laboraba ahí fue
incrementando y se dispuso que el personal visite los penales y recoja
las solicitudes de los internos que solicitaban la conmutación de la
pena”, dice el informe.
Se
detalla que primero los expedientes se remitían al despacho
viceministerial, pero luego esos documentos empezaron a llegar
directamente al despacho del ministro de Justicia. García muchas veces
proponía que la reducción de pena para los sentenciados fuera mayor a la
que recomendaba la Comisión de Gracias Presidenciales. “La Comisión
proponía (que se reduzca) de 15 a 10 años de prisión y el Presidente de
la República disponía que se rebaje a 6 años”, se lee.
“Durante
el gobierno de Alan García, otros narcotraficantes reincidentes, como
también colombianos y mexicanos pagaron su bolsita y se fueron con
conmutación”, denunció un preso entrevistado por la Megacomisión.
Durante
su asistencia a la citación a la Megacomisión, Garcia se quejó de la
difusión del preinforme, pero no dijo que fuese tal, sino que se
trataba de ya una virtual condena contra él.
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